La Ley de Bienestar Animal entró en vigor el pasado 29 de septiembre de 2023, después de haber sido promulgada el 28 de marzo. Ya por aquel entonces, el revuelo en torno a los cambios que esta nueva Ley iba a suponer en las personas que tenían mascotas de distintos tipos fue más que notorio pero, ahora que ya está instaurada, parece que las dudas se van aclarando poco a poco.
El cambio fundamental que esta ley trae es que las personas que tengan algún tipo de mascota tendrá que cumplir con más obligaciones que antes, con el fin de conseguir que los animales estén más protegidos. Hay conductas que ya estaban normalizadas que ahora van a pasar a ser multadas pues no por el hecho de que fuera algo habitual significa que fuera algo bueno para la mascota.
Normas de la nueva Ley de Bienestar Animal
Son muchos los cambios que han entrado en vigor con esta nueva ley pero ninguno fuera de lo lógico en vista a la protección de los animales. Estos cambios están relacionados con la tenencia correcta de los mismos en las casas, el sacrificio, la comercialización y demás normas que ahora habrá que cumplir en relación con la protección de los animales.
Las mascotas no podrán estar solas
Uno de los cambios que ha incorporado la Ley de Bienestar Animal es el hecho de que los animales -perros y gatos- puedan estar solos en las casas sin ningún tipo de supervisión durante más de tres días consecutivos. En el caso de los perros en concreto, ese tiempo se ve reducido a las 24 horas.
No se podrán comercializar animales
A partir de la entrada en vigor de esta Ley, los animales no podrán ser comercializados en tiendas, en concreto ni los perros, ni los gatos ni los hurones. Tampoco se podrá proceder a la exhibición o exposición de cara al público. Desde la entrada en vigor de esta ley los comerciantes tendrán 12 meses para concluir con la venta de dichos animales. La venta online de animales de compañía queda totalmente prohibida.
Prohibición de sacrificio de animales sin causa
El sacrificio de animales de compañía solamente estará autorizado en el caso de que haya riesgos de seguridad o de salud pública, evitando así el sufrimiento por 'causas no recuperables', siempre bajo el criterio de un veterinario.
Los animales no podrán estar encerrados
Otro de los aspectos que tiene en cuenta esta ley es que será ilegal que los animales estén encerrados de manera habitual en patios, terrazas, sótanos o cualquier otra estancia de la que no puedan salir de manera habitual. Además, tampoco podrán estar atados permanentemente a cadenas o correas, impidiendo así su libertad de movimiento.
Cambios en ferias y circos
Esta ley obliga a que desaparezcan los animales de ferias y espectáculos que les causen "angustia, dolor o sufrimiento", pero esta ley no se extiende a los animales que participan en los espectáculos taurinos.
Cría de animales
La cría de animales, algo tan recurrente en la actualidad, también se verá marcada por esta nueva ley que determina que solo podrá ser ejercida por criadores registrados correctamente en el Registro de Criadores de Animales de Compañía. La venta será realizada por esta persona profesional que tendrá registrado al animal, no habrá intermediarios y habrá un contrato que establezca la compraventa con unas cláusulas mínimas.
Dudas sobre la tenencia de perros
Uno de los aspectos que más dudas ha generado ha sido el relacionado con la tenencia de perros, el seguro que hay que tener y el cursillo. La gente se ha preguntado si ese cursillo obligatorio iba a ser de pago o si el seguro tenía que ser obligatorio y concreto de algún tipo, entre otras muchas dudas. Pues bien, por el momento, aunque la ley haya entrado en vigor, estos aspectos que detallamos a continuación necesitan de un desarrollo reglamentario aprobado por el Consejo de Ministros, que podría llevarse a cabo cuando se forme Gobierno.
El seguro de responsabilidad civil para perros
La Ley de Bienestar Animal ha determinado que todas las personas que tengan un perro tendrán que contratar una póliza de responsabilidad civil que deberán pagar para poder hacer frente a los daños que su mascota pueda provocar a terceros. Esto es algo que algunas personas ya podrían tener, pues son muchos los seguros de hogar que ofrecen este suplemento para tener cubiertas determinadas situaciones relacionadas con tu perro.
- El seguro va a ser obligatorio para todos los perros, independientemente de la raza y el tamaño.
- El precio medio de estos seguros suele ser de entre 25 y 30 euros en razas de perro no peligrosas aunque, como hemos dicho, puede estar incluido en algún seguro del hogar. El precio asciende hasta los 50 euros anuales si se trata de perros peligrosos.
- La póliza puede cubrir daños materiales o lesiones corporales a otras personas.
El cursillo de formación
La Ley de Bienestar Animal ha determinado que los propietarios de perros deberán realizar un curso gratuito cuyo contenido se determinará reglamentariamente. Los propietarios "deberán acreditar la realización de un curso de formación para la tenencia de estos que tendrá una validez indefinida".
Especies prohibidas por la Ley de Bienestar Animal
Si hay algo que ha dado mucho de qué hablar sobre la llegada de esta nueva ley ha sido el tema de las especies prohibidas como mascotas. El revuelo se formó con las informaciones que apuntaban a que no se iba a poder tener en casas animales tan domésticos y adaptados a ello como conejos, hámsters o tortugas. E incluso, fue tal la 'psicosis', que se llegó a decir que las personas que los tuvieran antes de la entrada en vigor de dicha ley iban a tener que darlos.
Pues bien, nada que ver. Los animales que quedan prohibidos son los primates, los reptiles venenosos y aquellos reptiles que superen los dos kilos en estado adulto, a excepción de las tortugas. Erizos, cotorras argentinas y agapornis también quedan excluidos, por ser consideradas especies invasoras. Con esta ley podemos encontrar un listado positivo de animales de compañía donde se puede consultar qué animales se pueden tener, donde encontraremos los peces, que también pueden ser considerados mascotas, salvo las especies consideradas invasoras.
Los hurones y conejos, sí que se consideran animales de compañía, así como las aves de cetrería, que también pueden tenerse como mascotas. Sin embargo, las iguanas, serpientes, lagartos, camaleones o geckos no se encuentran en el listado positivo de animales que se ha mencionado anteriormente, lo que implicaría tener que consultar con la autoridad competente para ver qué hay que hacer en el caso de tener una de estas especies.
¿Qué hago si tengo una mascota prohibida por la ley?
Las personas que tengan animales de compañía que entren dentro de algún tipo de especie invasora o algún otro supuesto de los mencionados, deberá contactar con la autoridad medioambiental de tu Comunidad Autónoma e informar de la especie que se tiene en casa, para recibir así una autorización que permita mantener su condición de animal de compañía hasta que fallezca.
Las sanciones por no cumplir con la ley
La finalidad de la entrada en vigor de esta ley es que los animales estén más protegidos y no se produzcan situaciones de abandono ni de maltrato. Precisamente por eso, las sanciones a las que tendrán que enfrentarse las personas que no cumplan con los artículos de dicha ley serán las siguientes :
- Infracciones leves: La sanción será de una multa desde 500 euros a 10.000 euros.
- Infracciones graves: Las multas irán desde los 10.001 euros hasta los 50.000 euros.
- Infracciones muy graves: Las sanciones van desde los 50.001 hasta los 200.000 euros.
Además, con esta nueva ley no solo se puede sancionar de manera económica, pues se podrá intervenir el animal y enviarlo a un centro de protección si la situación lo requiere, clausurar locales de venta de animales, la inhabilitación de una persona para tener animales, así como la obligación de realizar cursos de reeducación para volver a tener un animal.
Más aspectos a tener en cuenta de la Ley
La ley tiene otras muchas normas que hay que ir cumpliendo y que permiten que los animales tengan un mayor bienestar que el que tenían hasta el momento.
- Los animales deben ser tratados como "seres sintientes" y se debe mantener a la mascota "en unas condiciones de vida dignas, que garanticen su bienestar, derechos y desarrollo saludable".
- Los animales que vivan en jaulas, terrarios, acuarios o similar deben " contar con espacios adecuados en tamaño, naturalización y enriquecimiento ambiental para su tenencia".
- Todos los animales deben tener " los cuidados sanitarios necesarios para garantizar su salud y, en todo caso, los estipulados como obligatorios según su normativa específica así como facilitarles un reconocimiento veterinario".
- Se prohíbe alimentar a los animales " con vísceras, cadáveres y otros despojos procedentes de animales que no hayan superado los controles adecuados".
- Los animales deberán esterilizarse antes de los seis meses.
- Se prohíben los métodos de educación que "provoquen sufrimiento o maltrato animal, ni le causen estados de ansiedad o miedo", tales como " collares eléctricos, de impulsos o de castigo o ahogo ".
- Queda prohibido dejar a los animales solos dentro de " vehículos cerrados, expuestos a condiciones térmicas o de cualquier otra índole que puedan poner su vida en peligro".
- Tampoco se puede dejar a los perros " atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento".
- Los animales estarán permitidos en el transporte público siempre que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa sobre salud pública, en las ordenanzas municipales o normativa específica".